viernes, 1 de mayo de 2020

Bandos sobre los paseos y los huertos

El ayuntamiento de Monleras ha hecho públicos sendos bandos sobre los paseos y los huertos:

Bando (paseos)

D. Ángel Delgado García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monleras, en consonancia con las recomendaciones emitidas desde el Gobierno de España, y con lo dispuesto en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, INFORMO:

Horarios y condiciones de las salidas al aire libre para los vecinos mayores de 14 años

Las actividades recogidas en este bando (actividad deportiva y paseos al aire libre) se podrán llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.

Paseos al aire libre de personas de 14 años en adelante: podrán salir a la calle entre el horario señalado una única vez al día. Deberán realizarse a una distancia máxima de 1km del domicilio y se puede ir acompañado de un conviviente.

No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.

La actividad deportiva al aire libre: se podrá realizar entre el horario señalado una única vez al día, durante esta actividad no se podrán exceder los límites del municipio de Monleras. Se realizará de manera individual y sin contacto con terceros.

No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.

Medidas de seguridad: Durante la práctica de estas actividades:

Deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.

Se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir aglomeraciones.

En la medida de lo posible, la actividad física debe realizarse de manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios de uso público. Cuando sea necesario hacer una parada en las vías o espacios de uso público, la misma se llevará a cabo por el tiempo estrictamente necesario.

Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Excepciones.- Quedan excluidas de estas actividades las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19. Asimismo, tampoco podrán hacer uso de dicha habilitación los residentes en centros sociosanitarios de mayores.

Monleras, a 1 de mayo de 2020

EL ALCALDE



Bando (huertos)

D. Ángel Delgado García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monleras, en consonancia con las recomendaciones emitidas desde el Gobierno de España, y con lo dispuesto en la Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas, INFORMO:

CUIDADOS DE HUERTOS PARTICULARES

A partir de la fecha se permite a los vecinos de esta localidad el desplazamiento para el cuidado de los huertos particulares, siempre que estos se encuentren en el municipio de Monleras o municipio adyacente.

No obstante, el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad, considerándose por tal:

a) El cuidado y alimentación de animales.

b) El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia, lo que se podrá acreditar por el titular por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.

El trabajo en el huerto se realizará de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada.

Dichos desplazamientos han de ser los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada.

Los desplazamientos para el cuidado de los huertos se realizarán con observancia de las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos.

Monleras, a 1 de mayo de 2020

EL ALCALDE